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Un nuevo Real Decreto establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales y la estandarización de formatos de los registros de facturación. El objetivo de la norma es impulsar la lucha contra el incumplimiento tributario y la economía sumergida derivados del uso del ‘software de supresión de ventas’ (denominado ‘software de doble uso’).

En concreto, este reglamento desarrolla lo contemplado en la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal en lo que se refiere a los procesos de facturación para asegurar la estandarización de sistemas y programas informáticos de facturación y evitar la alteración de las facturas y facturas simplificadas una vez emitidas.

Asimismo, esta norma también pretende conseguir la modernización de la dotación digital de pymes, microempresas y autónomos, a la vez que lograr una mejora en el cumplimiento tributario y en la lucha contra el incumplimiento.

De hecho, en cuanto a la facilitación del cumplimiento, los usuarios pueden voluntariamente remitir sus registros de facturación a la Agencia Tributaria a la vez que facturan a su cliente, lo cual permitirá que la Agencia les lleve directamente sus libros registro de IVA para facilitarles la presentación de las declaraciones, y los clientes podrán contrastar sus facturas en la sede de la Agencia.

Adjuntamos nota de prensa del Ministerio: https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/GabineteMinistro/Notas%20Prensa/2023/S.E.HACIENDA/05-12-23-NP-CM-Reglamento-software-de-doble-uso.pdf

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