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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que determina que un retraso «grave» de la empresa en el pago del salario a un trabajador justifica que éste resuelva su contrato de trabajo y sea indemnizado con una cantidad equivalente a la del despido improcedente.

El fallo del Supremo, con el que unifica doctrina, parte de un recurso de casación presentado por un trabajador al que la empresa en la que trabajaba le pagó su salario, durante un año, con una media de 10,5 días de retraso. La empresa en cuestión tenía deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social y recibía apremios, embargos y requerimientos de pago por parte de la Agencia Tributaria.

El trabajador solicitó a la Justicia que declarara que ese retraso en el pago de su salario era causa para extinguir el contrato de trabajo y condenar a la empresa al pago de una indemnización.

«Concurre tal gravedad cuando el impago de los salarios no es un mero retraso esporádico, sino un comportamiento persistente, de manera que la gravedad del incumplimiento se manifiesta mediante una conducta continuada del deber de abonar los salarios debidos», apunta la sentencia del Alto Tribunal.

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