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El Gobierno ha aprobado en el último Consejo de Ministros del año la modificación del real decreto que regula determinados aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal, con el objetivo de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas.

Así, a propuesta del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Gobierno ha aprobado el nuevo real decreto, que introduce cambios en el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio.

Las modificaciones llevadas a cabo afectan a los primeros 365 días la incapacidad temporal y suponen un beneficio para las empresas, los trabajadores y para los propios facultativos del sistema de salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora, eliminando tanto la segunda copia como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua.

A su vez, la comunicación entre las entidades emisoras y el Instituto de la Seguridad Social será telemática, evitando trámites que pueden resultar «gravosos» para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Finalmente, el nuevo real decreto aclara que en los procesos de IT, el personal facultativo podrá fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados, en función de la evolución del proceso.

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