En el Título I. Medidas en materia energética del Real Decreto aprobado y en vigor del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio se establece:
1.- La flexibilización temporal de los contratos de suministro de energía eléctrica y de gas natural: hasta el 31 de diciembre de 2026 se permite a empresas y autónomos la solicitud de cambios en los contratos (potencias, peajes, caudales, etc.), sin las limitaciones actuales (Art. 5 y 6).
2.- La Reactivación del mecanismo de apoyo de la industria electrointensiva: desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2026, se aplicará una reducción del 80% de los peajes de acceso a la redes de transporte y distribución de electricidad (Art. 7).
3.- Se establece la obligación para las estaciones de servicio y otros establecimientos de suministro minorista de carburantes de dar adecuada publicidad a las medidas fiscales aplicables (reducción del Impuesto sobre Hidrocarburos y tipo reducido de IVA en carburantes).
NOTA: Medidas ampliadas y comentadas en las circulares internas.
Ver más del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio: Real Decreto-Ley 7/2026
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